Un claro mensaje de apoyo al cumplimiento de la Ley de Protección Civil para el Estado de Sonora y su Reglamento, emitió el coordinador estatal de Protección Civil, Juan González Alvarado, a empresas especializadas y sujetos obligados.
González Alvarado pidió a todos aquellos que presenten programas internos para su dictaminación, a que lo hagan con base en la Ley y su Reglamento, pues no se tendrán excepciones en ese aspecto.
En una reunión celebrada con integrantes de la Dirección de Programas Internos de la Coordinación Estatal de Protección Civil, Juan González hizo hincapié en que todos los procesos que se realicen deben estar apegados totalmente a los lineamientos previstos en la ley y las normativas que de ella se desprenden.
Recordó que toda empresa especializada en protección civil que desarrolle programas internos a empresas o sujetos obligados, debe tener conocimiento en su totalidad de la Ley antes mencionada y demás disposiciones aplicables, puesto que se trata de “empresas especializadas en estos rubros y deben tener conocimiento de la normatividad en materia de protección civil”.
Al respecto, mencionó que el cumplimiento que deben dar las empresas especializadas y demás sujetos obligados, está sustentado en el artículo 25 del Reglamento de la Ley de Protección Civil para el Estado de Sonora mismo que, a la letra, dicta:
“Los Programas Internos de Protección Civil serán presentados ante la Coordinación Estatal, para su dictaminación y autorización o negativa respectiva, previa acreditación del pago de los derechos establecidos en la Ley de Ingresos y Presupuesto de Ingresos del Estado de Sonora para el ejercicio fiscal del año correspondiente.”
El Programa Interno de Protección Civil será presentado en dos tantos, original y copia, así como en dispositivo de almacenamiento ya sea en disco compacto (CD), disco versátil digital (DVD), memoria Universal Serial Bus (USB) o cualquier otro medio electrónico, con firma autógrafa del representante legal, apoderado, propietario, gerente o encargado del inmueble que acredite tener derechos constituidos sobre el mismo; las empresas e instituciones de nueva creación que requieran del Programa Interno de Protección Civil.
Deberán presentarlo en un plazo no mayor de sesenta días naturales contados a partir de su apertura y/o inicio de operaciones, anexando copia simple de la licencia de funcionamiento respectiva.