En TVD Primera Plana con Soledad Durazo, el Lic. Vicente Ríos de Ríos Barrientos & Asociados abordó el tema del reparto de utilidades y explicó las dudas más comunes.
Inició por aclarar que el periodo de utilidades para las personas físicas es durante abril y el de las empresas en mayo.
La cantidad determinada a repartir corresponde al 10 por ciento de la utilidad fiscal que tuvo la empresa durante ese año, así lo determinó la Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas.
El Lic. Ríos explicó que ese 10 por ciento se divide en dos partes iguales, la primera se repartirá a todos los trabajadores proporcionalmente a los días que trabajaron en ese año fiscal. Y la otra también de forma proporcional, en relación a los salarios que devengaron durante todo el año.
Además explicó la adhesión que se le hizo al Art. 127 de la Ley Federal del Trabajo siendo:
“El monto de la participación de las utilidades tendrá como límite máximo, tres meses de salario del trabajador o el promedio de la participación recibida en los últimos tres años. Se aplicará el monto que resulte favorable al trabajador.”
Comentó que existe gran confusión por una declaración de la secretaria del trabajo federal durante una mañanera del presidente López Obrador, en donde dijo que el mínimo que van a recibir ahora los trabajadores son tres meses de salario.
“Yo no sé en dónde radica la confusión de ellos, la ley es muy clara, es un tope máximo, no mínimo”, explicó.
Puede escuchar la entrevista completa y ejemplos en la página de Facebook de Soledad Durazo.